AYUDAS PARA EL ALQUILER DE LOCALES DE NEGOCIO

jueves, 8 de octubre de 2020 a las 13:10 h

La Junta de Andalucía ha habilitado una ayuda para el alquiler de locales de negocio para autónomos:

Existen 2 líneas:
• Línea 1: para autónomos de cualquier actividad: 900€
• Línea 2: autónomos dados de alta en el CNAE 5630 y/o 9329: 1.200€
Requisitos:
A) Estar dados de alta en RETA en fecha 14/03/2020 y que mantengan el alta 4 meses desde la fecha de inicio de la convocatoria de ayudas. Se excluye a los autónomos societarios.
B) Ser arrendatarios de un local de negocio (contrato suscrito al menos entre el 14/03/20 y la fecha de la solicitud) cuya fianza se haya depositado en la AVRA (Agencia de Vivienda de Rehabilitación de Andalucía). Se excluyen aquellos arrendamientos que forman parte de la vivienda habitual del solicitante.
C) Que en el ejercicio fiscal 2019 la suma de la base liquidable y del ahorro de su renta no exceda de 41.357,74 € (o 52.637,13€ si tributación conjunta).
D) Para la línea 2 estar dados de alta en CNAE 5630 (Establecimiento de bebidas) o en el CNAE 9329 (Otras actividades recreativas y de entretenimiento).
Documentación acreditativa:
• DNI solicitante.
• 036/037/ DUE.
• Informe de vida laboral actualizado.
• La acreditación de la titularidad de la cuenta bancaria se efectuará mediante declaración responsable.
• Declaración de la Renta del 2019 o en su defecto certificado de IRPF que acredite que no se ha presentado y sus ingresos.
Plazo de presentación de solicitudes:
20 días desde la publicación de la convocatoria en BOJA.
Presentación (telemática):
Esta subvención hay que tramitarla con certificado digital a través del catálogo de procedimientos administrativos:
https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautonomo/servicios/ procedimientos.html,
Resolución:
Plazo máximo de dos meses para resolver.
Compatibilidades:
Compatible con el resto de ayudas que recibe el colectivo (Orden de 27 de junio de 2019, Programa de Estímulo, y Orden de 21 de septiembre de 2018, Programa de emprendimiento, segunda oportunidad y estabilización económica de las empresas de trabajo autónomo), salvo que por el mismo concepto de arrendamiento del local reciban ya una ayuda superior a la fijada de 900 euros.

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