Ejercicio en que se imputa Fiscalmente la regularización de las cuotas de Autónomos

miércoles, 3 de septiembre de 2025 a las 11:09 h

En el ejercicio 2025 un trabajador autónomo recibe una notificación de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) reclamándole un pago adicional por la diferencia entre la base de cotización provisional elegida en 2023 y la que corresponde según sus rendimientos netos reales. La Dirección General de Tributos interpreta que este pago adicional debe considerarse un mayor gasto deducible por cotizaciones a la Seguridad Social en el ejercicio en que se realiza la regularización. En caso de devolución, se tratará como una reducción del gasto, y si la devolución supera las cuotas satisfechas, el exceso se reflejará como un mayor rendimiento. Por tanto, la regularización de las cuotas del año 2023 debe de efectuarse en el ejercicio en que la TGSS notifica la cuantía real. En el caso consultado, es en el ejercicio 2025 donde el contribuyente tiene que imputar el gasto adicional en su declaración del Impuesto sobre la Renta.

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