NUEVOS PLAZOS SOCIETARIOS ANTE CRISIS COVID19
Los plazos para depositar las cuentas anuales se van a ver modificados como consecuencia de la crisis del COVID19.
Con caracter general las sociedades de capital y cooperativas cierran sus ejercicios económicos el 31 de diciembre.
La Ley de Sociedades de Capital y la de Sociedades Cooperativas obliga a cumplir los plazos siguientes, según la fecha de cierre de ejercicio:
Obligación |
Plazo |
Formulación Cuentas Anuales |
31/03/2019 |
Convocatoria Asamblea General Ordinaria |
13/06/2020 |
Asamblea General Ordinaria |
30/06/2020 |
Presentación Impuesto Sociedades |
25/07/2020 |
Depósito Cuentas Anuales |
30/07/2020 |
Legalización de Libros |
31/07/2020 |
Con motivo de la publicación ayer, 18-03-2020, del RDL 8/20 de medidas contra el impacto económico de la Crisis del COVID 19, se establece una suspensión en estas obligaciones, reanudándose nuevos plazos cuando finalice el Estado de Alarma. En caso de estar ya formuladas las cuentas anuales, el plazo de verificación contable se prorroga 2 meses desde que finalice el estado de alarma.
En relación a la Obligación Tributaria de presentación del Impuesto sobre Sociedades la Agencia Tributaria, de momento, no se ha pronunciado por lo que la obligación se mantendrá en los plazos originales.
En su caso, y suponiendo que el Estado de Alarma finalizara el 31 de marzo de 2020 los nuevos plazos serían los siguientes:
Obligación |
Plazo Inicial |
Nuevo Plazo |
Formulación Cuentas Anuales |
31/03/2019 |
28/06/2020 |
Convocatoria Asamblea General Ordinaria |
13/06/2020 |
10/12/2020 |
Asamblea General Ordinaria |
30/06/2020 |
25/12/2020 |
Presentación Impuesto Sociedades |
25/07/2020 |
25/07/2020 |
Depósito Cuentas Anuales |
30/07/2020 |
24/01/2021 |
Legalización de Libros |
31/07/2020 |
25/01/2021 |
Desde PERABER ASESORES le informaremos con exactitud de los plazos que cumplen estas obligaciones una vez conozcamos la fecha de finalización del Estado de Alarma.
Por otra parte, le informamos que el reintegro de las aportaciones a los socios de cooperativas que causen baja durante el estado de alarma queda prorrogado hasta que transcurran 6 meses a contar desde que finalice el estado de alarma.
Le reiteramos nuestra disposición para cualquier cuestión que necesiten, deseando que todas las personas allegadas a la cooperativa se encuentren bien de salud.