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RECARGOS POR DECLARACIONES EXTRATEMPORANEAS
lunes, 4 de octubre de 2021 a las 11:10 h
Con la entrada en vigor de la Ley 11/2021, de 9 de julio, de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal los recargos cambian.
Se modifica el sistema de recargos por extemporaneidad a la aplicación del 1% por cada mes completo de retraso hasta los 12 primeros meses. A partir del siguiente día transcurridos los 12 meses, el recargo aumenta a un 15% más intereses de demora.
Los intereses de demora se calculan en base a la deuda adquirida por el contribuyente, y mediante el porcentaje que se establece en los Presupuestos Generales del Estado, que es un 3,75% para 2021.
Debe recordarse que sobre los recargos se podrá aplicar una reducción del 25% del importe del recargo en caso de pago y conformidad con el mismo.
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